Número 101

Talleres de motos, revisión cotización trabajadores

En algunos casos, observamos que se cotiza incorrectamente por exceso. Talleres de motos y la revisión de cotización de sus trabajadores Las empresas cotizan a la Seguridad Social por las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de sus trabajadores (cuenta ajena) en función de su actividad económica (salvo personal en trabajos exclusivos de […]

Volver al número Todos los números

En algunos casos, observamos que se cotiza incorrectamente por exceso.

Talleres de motos y la revisión de cotización de sus trabajadores

Las empresas cotizan a la Seguridad Social por las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de sus trabajadores (cuenta ajena) en función de su actividad económica (salvo personal en trabajos exclusivos de oficina, representantes de comercio, personal de limpieza, que se realiza según la ocupación), aplicando, a las  bases de cotización, los porcentajes asignados al código CNAE -2009 (Clasificación Nacional de Actividades Económicas, última actualización del año 2009) que corresponde a esa actividad.

Cuando una empresa se da de alta en Seguridad Social, al contratar el primer trabajador, en función del epígrafe del IAE que ha comunicado a la Agencia Tributaria en la declaración censal (cada actividad económica que se realiza debe comunicarse y tiene un epígrafe), se asigna en la  Tesorería General de la Seguridad Social el código CNAE correspondiente (también al producirse el alta de un autónomo, aunque actualmente, en este caso, el porcentaje de cotización no varía según la actividad).

Publicidad Sircat

El resto de este artículo es solo para agremiados

Esta parte del artículo está reservada a los talleres agremiados al Gremi de Tallers de Barcelona. Inicia sesión con tu cuenta de agremiado para leerla, o contacta con nosotros si quieres asociar tu taller.

Leer la publicación original ↗