El Tribunal Supremo establece que la indemnización por despido improcedente no puede verse incrementada en la vía judicial.
El pasado 16 de julio de 2025, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, reunida en Pleno, dictó la sentencia núm. 736/2025 en respuesta a un recurso de casación para la unificación de doctrina, sobre si, en los casos de despido improcedente, cabe reconocer al trabajador una indemnización adicional a la tasada en el […]

El pasado 16 de julio de 2025, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, reunida en Pleno, dictó la sentencia núm. 736/2025 en respuesta a un recurso de casación para la unificación de doctrina, sobre si, en los casos de despido improcedente, cabe reconocer al trabajador una indemnización adicional a la tasada en el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores, con fundamento en el artículo 10 del Convenio 158 de la OIT y el artículo 24 de la Carta Social Europea (CSE) revisada.
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